Constata la NO concurrencia de causales de caducidad artesanal por parte de pescadores, de conformidad con la Ley N° 21.259.
Portada / Normativas
Constata la NO concurrencia de causales de caducidad artesanal por parte de pescadores, de conformidad con la Ley N° 21.259.
Modifica Resolución Exenta N°3377 de 2021, de esta Subsecretaría.
Autoriza a Investigaciones Marinas CIMAR Limitada para realizar pesca de investigación que indica.
Deniega solicitud de Fundación Chinquihue para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a DSS S.A. para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a don Wilfredo Alarcón Badilla para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a Stantec Consultoría Chile Limitada para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a Sociedad Consultora Moya y Suárez Limitada para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a Carlos Muñoz Consultoría en Medio Ambiente E.I.R.L., para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a Luis Abrigo González para realizar pesca de investigación que indica.
Abre periodo de inscripción en la nómina de participantes del plan de manejo de algas pardas en la región de Tarapacá por aplicación de la Ley N° 20175.
Designa funcionario de esta Subsecretaría en calidad Ad-hoc en comité de manejo que se indica.
Oficializa designación de miembros titulares y suplentes del sector privado del comité de manejo de la pesquería del recurso Juliana, Región de Los Lagos, declara vacantes y abre periodo extraordinario de designación.
Autoriza a Marcelo Campo Benvenuto para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a DSS S.A. para realizar pesca de investigación que indica.
Registro Nacional de Acuicultura.
Resuelve solicitudes de reemplazo de inscripción vacante en el Registro Pesquero Artesanal de las personas que se individualizan, para la pesquería de la Raya Volantín (
Zearaja chilensis
), Región de Valparaíso.
Resuelve solicitudes de reemplazo de inscripción vacante en el Registro Pesquero Artesanal de las personas que se individualizan, para la pesquería de la Raya Volantín (
Zearaja chilensis
), Región de la Araucanía.
Implementa disposición transitoria del registro de personas que realizan actividades pesqueras de transformación y comercialización de recursos hidrobiológicos y sus productos derivados. Delega ejercicio de facultad propia que indica.
Autoriza los mecanismos físicos, destinados a modificar las condiciones de oxígeno del área de sedimentación y fija los requisitos y condiciones para su uso, en conformidad con el Artículo 8 BIS del D.S. N° 320 de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.