Abre período extraordinario de designación de cargos vacantes del sector privado que indica en el comité de manejo de algas pardas de la Región de Atacama.
Portada / Normativas
Abre período extraordinario de designación de cargos vacantes del sector privado que indica en el comité de manejo de algas pardas de la Región de Atacama.
Designa funcionarios de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura en comités de manejo. Deja sin efecto resoluciones que indica.
Modifica resoluciones en materia de comités de manejo que indica. Reemplaza y designa funcionarios en comités de manejo.
Autoriza la ejecución de un programa de investigación del descarte y captura artesanal.
Adicional a lo anterior, deberán ir acompañados de un
Certificado de Captura
emitido por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, a través del cual se acredita que la pesca que dio origen a dichos productos fue obtenida de una manera que no contraviene las leyes, reglamentos y medidas de conservación nacionales e internacionales pertinentes.
Se exceptúan de este requisito los productos de la acuicultura, obtenidos a partir de crias o larvas y los productos de pescados de peces de agua dulce. Todas las excepciones de manera detallada, pueden ser revisadas
aquí
. Las partidas arancelarias que se mencionan en la reglamentación europea, pueden ser revisadas
aquí
.
Las condiciones, requisitos y el procedimiento para realizar la Certificación de Capturas a la Unión Europea se encuentran establecidos en la
Resolución Exenta N° 2794 / del 23 de diciembre de 2009
.
Información de orientación referencial:
Toda exportación de productos pesqueros y acuícolas debe contar, previo a su embarque, con la autorización de SERNAPESCA.
Este país, podría requerir certificación oficial
,
por lo que será responsabilidad de los elaboradores y exportadores asegurar el cumplimiento de los requisitos sanitarios y legales de los mercados de destino, previo a su embarque.
En caso de requerir certificación sanitaria, debe cumplir con los requisitos SERNAPESCA establecidos en el Manual de Inocuidad y Certificación, Parte II,en la sección Control de Exportación y Certificación.
Ver aquí.
Información de orientación referencial:
Toda exportación de productos pesqueros y acuícolas debe contar, previo a su embarque, con la autorización de SERNAPESCA.
Este mercado requiere certificación sanitaria oficial
,
emitida en virtud de los requisitos SERNAPESCA establecidos en el Manual de Inocuidad y Certificación
Para la autorización del embarque, así como la emisión del certificado sanitario, debe cumplir con los requisitos específicos SERNAPESCA establecidos en el Manual de Inocuidad y Certificación, Parte II, en la Sección Control de Exportación y Certificación.
Ver aquí
.
Crea Unidad de Participación Ciudadana, dentro del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, y fija sus funciones.
Reglamenta la composición y funcionamiento del Consejo de la Sociedad Civil en el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y deja sin efecto Resol. Ex. N° 1503/2012
Aprueba norma general de participación ciudadana en la gestión pública del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y deja sin efecto Resol. Ex. N° 1681/2011
Prorroga plazo establecido para la implementación de dispositivos de posicionamiento.
Establece reglamento para la entrega de información de pesca y acucultura. Deja sin efecto D.S. 464/1995.
Aprueba implementación de procedimiento de fiscalización para recurso jibia (
Dosidicus gigas
).
Aprueba Manual de Inocuidad y Certificación
Res.Ex. N° 255 de 22.02.2013. Texto refundido del Programa Vigilancia y Control plaga Alexandrium catenella.
Modifica Resolución Exenta N° 529 de 2009, que aprueba programa de vigilancia, detección y control de plaga que indica, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Prorrógase plazo establecido en Res.Ex. N° 3154-2016, que modificó programa de vigilancia, detección y control de plaga del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Modifica Resolución Exenta N° 529- 2009, Programa de Vigilancia, detección y control de Alexandrium Catenella.
Dispone el monitoreo de fitoplancton nocivo en centros de cultivo y la entrega de información al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.